Fondo de garantia salarial madrid
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Omnipresent ofrece soluciones globales de empleo y servicios de organización profesional del empleo (OPE) para las empresas que buscan crecer y crear un equipo global en España. Los métodos tradicionales para establecer el empleo global y las filiales en España suelen llevar meses y pueden suponer grandes costes. Las soluciones de empleo global de Omnipresent y los servicios de PEO están ayudando a cientos de organizaciones a incorporar nuevos empleados en España en cuestión de días, con pleno cumplimiento de las leyes laborales locales. Utilizamos un enfoque tecnológico para agilizar el proceso.
Las cotizaciones a la Seguridad Social se pagan a distintos tipos, en función de las diferentes contingencias (por ejemplo, horas extraordinarias, desempleo y formación profesional) que cubre el sistema. En el caso de las contingencias comunes, el empresario paga el 29,9% de la renta neta imponible del trabajador y el trabajador el 6,35% (se deduce del salario del trabajador). Existe un mínimo y un máximo de cotización para todos los trabajadores en función de su categoría dentro de una horquilla que va de 753,00 EUR a 3.425,70 EUR.
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Las cifras oficiales nos permiten construir una imagen de la crisis: de los más de seis millones de personas que no tienen trabajo; de los dos millones de hogares sin un solo sostén económico; y de los hogares en los que no hay ningún ingreso. Pero hay un grupo que se ha visto afectado por la crisis y que las estadísticas no han detectado en gran medida: los miles de empleados que oficialmente siguen trabajando, pero que ya no cobran de sus empleadores o, en el mejor de los casos, lo hacen de forma intermitente y con grandes retrasos. Desde 2008 ha aumentado en un 50% el número de denuncias presentadas por trabajadores por impago de salarios o indemnizaciones por despido. El Ministerio de Empleo dice que el año pasado recibió 7.875 denuncias de este tipo, 500 más que en 2011.
En la mayoría de los casos, la incapacidad prolongada de un empresario para pagar los salarios de la plantilla es la antesala de un procedimiento concursal, lo que significa que la plantilla tendrá que recurrir entonces al Fogasa, el Fondo de Garantía Salarial del Gobierno. El problema es que, mientras el número de trabajadores que solicitan reparación por impago de salarios sigue aumentando, el presupuesto del Fogasa se ha reducido en un tercio respecto al del año pasado, hasta los 843 millones de euros.
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El Real Decreto Ley 2/2008, de 21 de abril, introduce un paquete de medidas de orientación, formación profesional e inserción laboral, destinadas a incrementar la contratación y el fortalecimiento de la estabilidad profesional de las personas desempleadas y de las que están expuestas a su exclusión laboral. (Más información)
La Recomendación de la Comisión de 31 de marzo de 2008 exige a los Estados miembros que mejoren sus sistemas de cooperación administrativa y que adopten las medidas adecuadas para que la información sobre las condiciones de empleo esté disponible de forma generalizada en el marco de la prestación de servicios. (Más información)
La Directiva 2004/40/CE del Parlamento Europeo y del Consejo establece las disposiciones mínimas de seguridad y de salud para la protección de los trabajadores contra los riesgos derivados de la exposición a campos electromagnéticos. (Más información)
La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de fecha 12 de marzo de 2007, declara que en el cálculo de la indemnización por despido sólo pueden considerarse como salario las cantidades percibidas en los doce meses siguientes al periodo de maduración de las opciones sobre acciones ejercitadas, ya que la retribución es sólo el periodo de carencia que a su vez se encuentra dentro del año anterior al despido. (Más información)
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El FOGASA es el Fondo de Garantía Salarial, un organismo autónomo en España que se encarga del pago de las deudas de los empresarios hacia los trabajadores cuando éstos no pueden hacerlo por sí mismos, por insolvencia declarada o cuando la empresa está en proceso de quiebra.
Si no te están pagando el salario, o la indemnización por despido por los motivos mencionados, puedes presentar una reclamación ante el FOGASA. Deben responder en un plazo de 3 meses, si no lo hacen, tu reclamación se considerará aprobada (silencio administrativo positivo) aunque después de un periodo de tiempo más largo, responderían, negando tu reclamación. Pero usted tendrá que tomar medidas para «reclamar su reclamación» si no han respondido después de 3 meses. Tendrías que presentar una ‘demanda de reclamación de cantidad laboral’ contra el FOGASA en este caso, ante el juzgado de lo social. Este proceso se explica en ESTE DOC INFORMATIVO de la Biblioteca de la web.
Los expedientes judiciales se presentaron porque el FOGASA es notoriamente tardío en responder a las reclamaciones, en algunas zonas puede tardar hasta un año. Se espera que una avalancha de «demandas» siga a esta segunda sentencia del Tribunal Supremo.